jueves, 15 de marzo de 2007

Modificación del Artículo 12

El siguiente texto fue entregado el día 14 de marzo en el despacho del diputado Navarro.

D-222/07-08

La H. Cámara de Diputados de Buenos Aires constituida en Comisión al considerar el proyecto de ley D 222/07-08, del Señor Diputado NAVARRO, Luis Fernando, Modificando artículo 12° y 12° bis de la ley 13592, Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, ha resuelto aprobarlos con el siguiente texto:

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos aires Sancionan con fuerza de
LEY

ARTICULO 1°. Suspéndese la vigencia del artículo 12 de la ley 13.592 por el plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir del día de la publicación de la presente.-

ARTICULO 2°. Confórmase una Comisión integrada por legisladores de ambas Cámaras, representantes del Poder Ejecutivo y de los Intendentes de la Provincia de Buenos Aires, los que serán designados por la Federación Argentina de Municipios. La misma se expedirá dentro del plazo señalado en el artículo primero.

ARTICULO 3°. La Comisión indicará el procedimiento para evaluar la implementación de los mecanismos previstos en la ley 13.592 con relación a los polos ambientales provinciales (PAP), de acuerdo a las pautas establecidas por el artículo 20 de la Ley Nacional 25.916.
Asimismo, fijará las políticas de promoción y estímulo para el desarrollo regional dirigidas a los municipios seleccionados para los referidos emplazamientos.

ARTICULO 4°: Comuniqúese al Poder Ejecutivo.
La Plata

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